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En atención a las directrices impartidas por el Departamento de Prosperidad Social, la Alcaldía de Pasto, a través de la Secretaría de Bienestar Social, informa a la comunidad en general que el programa Colombia Mayor realizará la entrega del subsidio económico del ciclo 8 correspondiente a la nómina de agosto 2023 en las siguientes fechas:

CICLO 8 NÓMINA AGOSTO 2023: del 7 al 20 de septiembre de 2023.

Recuerde las siguientes observaciones:

• Para la zona urbana se disponen más de 120 puntos de servicio, por lo que se les sugiere a los beneficiarios acercarse a cualquier punto de pago SuperGiros, priorizando el más cercano a su domicilio.

• Para la zona rural, la entrega del incentivo monetario en Santa Bárbara y El Socorro, SuperGiros se desplazará hasta estos sectores, el resto de los corregimientos disponen de corresponsales y puntos de pago en su territorio.

Tener en cuenta el siguiente cronograma:

• El martes 12 de septiembre de 2023, en el corregimiento de El Socorro se realizará la entrega del subsidio económico en el salón comunal de 8:00 a.m. a 10:00 a.m.

• El mismo día, se entregará a los beneficiarios del corregimiento de Santa Bárbara en el salón comunal entre las 10:30 a.m. y 2:00 p.m.

Tenga en cuenta que, si alguno de los beneficiarios por cuestiones de salud no puede realizar su cobro, podrá contactarse previamente con SuperGiros quien llevara hasta su casa el pago.

Pago con contraseña

En el caso de perder la cédula original, debe tramitar la expedición de contraseña ante la Registraduría Municipal. Cabe aclarar que el pago con contraseña está autorizado temporalmente; por ello, es necesario acceder a esta lo antes posible y dirigirse hasta las instalaciones del Centro Vida ubicadas en la Secretaría de Bienestar Social (Antiguo Inurbe) para hacer entrega de copia de la contraseña y tramitar la solicitud de pago con el soporte del documento en trámite.

Pago a través de poder notarial

Los pagos de subsidios a través de terceros son de carácter transitorio no permanente, es decir para casos excepcionales que por un motivo de fuerza mayor no pueda cobrar (enfermedad, viaje temporal u otros); para ello, el autorizado deberá presentar la cédula original junto con la cédula del beneficiario ante la notaría y solicitar el pago a través de poder diligenciado, cada cuatro meses, incluyendo la solicitud escrita que debe contener los siguientes datos básicos:
• A quién se autoriza.
• Quién autoriza.
• Para qué se autoriza.

Nota: Además, se informa que para los beneficiarios que presentan afectación en la salud que les impida movilizarse podrán programar el pago a domicilio, previa concertación entre el beneficiario y SuperGiros, para ello debe comunicarse a las siguientes líneas telefónicas y solicitar dicho servicio 3177884338 - 3117623554

Para más información la Secretaria de Bienestar Social habilitó las siguientes líneas de atención: Teléfono: 602 7244326 Ext. 1806 – 1802 – 1805.

La atención por medio de estas líneas se realizará en los horarios de:
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

Finalmente, se reitera a los beneficiarios que el cobro del subsidio económico debe realizarse en las fechas estipuladas para evitar futuros inconvenientes dentro del programa en mención.