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Unidad restitución de tierras

La ley 1448 de 2011, conocida como Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, crea un procedimiento legal para restituir y formalizar la tierra de las víctimas del despojo y abandono forzoso que se hubieren presentado desde el 1 de enero de 1991 con ocasión del conflicto armado interno.

Para lograr la restitución jurídica y material de las tierras despojadas, la Ley crea la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, encargada de administrar el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas. Tumaco se ubica entre los municipios con más alta densidad de despojo y/o abandono forzado en Colombia, siendo los corregimientos de La Guayacana y Llorente los que contribuyen en mayor proporción con este indicador.

Por tal motivo, la Unidad de Restitución de Tierras en Nariño convoca a la población campesina que ha sido desplazada de los corregimientos de de La Guayacana y Llorente, a causa del conflicto armado, y que actualmente vive en Pasto, para que participen en las jornadas de recepción de solicitudes para el ingreso en el registro de predios abandonados y/o despojados los días 29, 30, 31 de mayo en la Unidad de Restitución de Tierras en Pasto calle 20 N° 23-56.

La restitución jurídica y material de las tierras abandonadas y despojadas permitirá no solo responder a la deuda histórica con las víctimas sino lograr que Colombia transite de un contexto de violencia a uno de paz con desarrollo económico e inclusión social.

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