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Impuesto publicidad exterior - Pasto 2015

La Secretaría de Hacienda de Pasto hace un llamado a la comunidad en general y a las personas que patrocinan eventos públicos y publicidad externa, exigir al empresario, el recibo de pago del impuesto de publicidad externa y permiso de la Secretaría de Gestión Ambiental.

Lo anterior con el fin de evitar que sean reportados en la base de datos de deudores morosos del municipio, tanto el empresario que organiza el evento, como los patrocinadores, quienes pasan a convertirse en deudores solidarios del pago del impuesto y tendrían que responder por la deuda.

La declaración y pago del impuesto se debe hacer por la instalación y exhibición de toda publicidad exterior, visual o medio masivo de comunicación, destinado a informar o llamar la atención del público a través de elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público, bien sean peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas.

El impuesto se causa en la fecha que el anunciante da inicio a la publicidad exterior la cual puede ser emitida a través de carros vallas, pendones, pasacalles, moto vallas, entre otros. La base gravable se determina de acuerdo al tipo de medio que se vaya utilizar. Para mayor información comunicarse a la línea telefónica 7333300 extensión 1024 de la Subsecretaría de Ingresos de la Alcaldía de Pasto.